Los contratos fijos a menores de 25 años tendrán una bonificación de 300 euros al mes

Noticia relacionada: El Gobierno rebaja las exigencias a las empresas para que reciban ayudas por contratar a jóvenes (27 de Agosto 2014)

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto-ley por el que se regula el ‘Sistema Nacional de Garantía Juvenil‘, cuyo objetivo es que los jóvenes mayores de 16 años y menores de 25 que no estén ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación reciban una oferta de empleo,educación, formación de aprendiz o prácticas tras acabar la educación formal o quedar en el paro. En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, la edad se eleva hasta los 30 años.

Según ha señalado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, el número potencial de beneficiarios de la garantía juvenil, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), alcanza los 840.000. Para beneficiarse de esta garantía juvenil, los jóvenes deberán darse de alta en un registro único en el que trabajarán todas las administraciones.

La ministra ha anunciado que para apoyar la contratación indefinida juvenil se establece una ‘tarifa joven’, consistente en una bonificación mensual en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social de 300 euros mensuales durante un máximo de seis meses (1.800 euros en total), de la que podrán beneficiarse las empresas, incluidos los autónomos y las entidades de la economía social, que contraten indefinidamente a un joven inscrito en la garantía juvenil.

Esta ‘tarifa joven’, en vigor desde el 5 de julio de 2014 (día de la publicación) hasta el 30 de junio de 2016, será compatible con el resto de incentivos, siempre que el importe mensual a cotizar por la empresa o el trabajador autónomo no sea negativo, es decir, según el texto publicado este saldo favorable para la empresa no será rembolsado por la Seguridad Social, aunque sí podrá ser utilizado para rebajar la cuota de otro trabajador.

Así, si un joven que participa en la Garantía Juvenil es contratado de forma indefinida por una empresa aplicando la tarifa plana de 100 euros, también se beneficiará de la bonificación de 300 euros en su cotización, lo que supondrá un saldo positivo para la empresa que podrá destinar a rebajar la cuota de otro empleado.

No obstante, la empresa o autónomo deberá mantener al joven trabajador al menos seis meses desde el inicio de la relación laboral. Si lo despide antes, deberá reintegrar la bonificación.

Asimismo, las empresas que hagan uso de esta bonificación estarán obligadas a incrementar con la nueva contratación tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total, y mantenerlo durante todo el periodo de disfrute de la bonificación. Para calcular dicho incremento, se tomará como referencia el promedio diario de trabajadores que hayan prestado servicios en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato.

En el supuesto de que la contratación sea a tiempo parcial, la jornada alcanzará como mínimo el 50% de la correspondiente a la de un trabajador a tiempo completo comparable, aplicándose la bonificación para este supuesto de la siguiente manera:

• Cuando la jornada de trabajo sea, al menos, equivalente a un 75 por ciento de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable, 225 euros mensuales.

• Cuando la jornada de trabajo sea, al menos, equivalente a un 50 por ciento de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable, 150 euros mensuales.

La aplicación de la bonificación por parte de cada empresa sólo se producirá una única vez por cada uno de los beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil que sea contratado, con independencia del periodo de la bonificación disfrutado por la empresa por dicho trabajador.

Otros incentivos a la contratación

La norma introduce otros incentivos para los contratos formativos que se hagan con jóvenes de la garantía juvenil. Así, en el contrato de formación y aprendizaje se prevé que, para los beneficiarios de la garantía juvenil, la cuantía máxima de las bonificaciones por la actividad formativa pueda elevarse a través de la modificación de su regulación. Igualmente, se tendrán en cuenta en el incentivo los costes inherentes de la necesidad de disponer de un tutor.

En el contrato de prácticas, que actualmente cuenta con una reducción del 50% en las cotizaciones por contingencias comunes, se incorpora, para los beneficiarios de la garantía juvenil, una bonificación adicional del 50% en las cotizaciones de la empresa a la Seguridad Social por continencias comunes. De esta forma, el incentivo será del 100% cuando las empresas contraten a los jóvenes inscritos en el sistema de garantía juvenil.

Además, en lo que se refiere al contrato a tiempo parcial con vinculación formativa, la reducción de cotizaciones empresariales vigente actualmente para la contratación de parados menores de 30 años, se extiende a los beneficiarios de la garantía juvenil.

Junto con el apoyo a la contratación, el Real Decreto-ley por el que se regula el sistema de garantía juvenil contempla medidas de intermediación, de mejora de la empleabilidad y de fomento del emprendimiento, a desarrollar por la Administración General del Estado y las comunidades autónomas, cada una en el marco de sus competencias.

Registro telemático y portal de garantía juvenil

La norma crea el fichero del ‘Sistema Nacional de Garantía Juvenil’, que será el sistema oficial de información de la implementación de esta medida en España, lista única de demanda y el soporte para la inscripción de las personas interesadas. 

La inscripción en este registro será telemática, a través de identificación electrónica (DNI electrónico, Certificado electrónico u otros medios reconocidos) y con usuario y contraseña, si bien para los supuestos de personas en riesgo de exclusión social y/o discapacidad se podrá solicitar la inscripción de forma presencial a través de la red de oficinas de la juventud.

Según fuentes conocedoras del detalle de esta normativa, el hecho de que los jóvenes únicamente puedan darse de alta por internet obedece a una razón no declarada: el Gobierno ha decidido que no se usen las Oficinas de Empleo con el fin de evitar que al acudir a ellas los jóvenes consideren la idea de apuntarse a las listas del desempleo.

“Si bien es cierto que hay muchos ya registrados, todavía queda un número sustancial fuera. Por si acaso, para eliminar el efecto llamada, se ha quitado del proceso a las Oficinas de Empleo. Así los que no estén no se apuntarán, como sería normal si pisasen una oficina”, explican.

Para inscribirse en el registro de garantía juvenil, así como para ser beneficiario de alguna de las medidas, será necesario tener entre 16 y 25 años (menos de 30 años con grado de discapacidad igual o superior al 33%); tener la nacionalidad española o ser ciudadano de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España; estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional; no haber trabajado en los últimos 30 días, ni recibido acciones educativas en los últimos 90 días ni acciones formativas en los 30 días anteriores, y adquirir un compromiso de participación activa.

También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.

Por su parte, el Portal de Garantía Juvenil será el punto de encuentro entre los jóvenes, las administraciones, las empresas y todas las entidades que participan en la gestión del sistema. En él, los jóvenes dispondrán de toda la información relativa a la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven y la propia garantía juvenil.

La ministra ha explicado que a partir de la próxima semana se habilitará un servicio de información telefónica (060) y que se está trabajando con el Injuve para dar información presencial a los jóvenes sobre el sistema de garantía juvenil a través de su red de 3.000 oficinas.

Para garantizar la integridad en su aplicación y la necesaria coordinación entre todos los agentes implicados, se dispondrá, por primera vez, de un sistema informático de información y gestión compartida que permitirá evaluar las políticas públicas de empleo. En él estarán integrados la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal, las comunidades autónomas y el Fondo Social Europeo, entre otros.

Más info: Sistema Nacional de Garantía Juvenil y nuevos incentivos a la contratación

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